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Calculadora de Indemnizaciones por Accidente de Trabajo (Ley 24.557)

Calculá de forma estimada el monto que corresponde por incapacidad física o psíquica permanente derivada de un accidente laboral o enfermedad profesional.

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12%
años

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Cómo se calcula una indemnización por accidente de trabajo

La fórmula del artículo 14 explicada dato por dato, tres ejemplos con números y los seis controles para saber si la ART te está liquidando bien.

La indemnización por incapacidad permanente no la decide la ART: sale de una fórmula que está escrita en la ley y que usa cuatro datos tuyos. Saber cómo funciona es la única forma de darte cuenta si lo que te ofrecen está bien o está corto.

La fórmula del artículo 14 de la Ley 24.557

El pago único por incapacidad laboral permanente se calcula multiplicando cuatro cosas: el número fijo 53, tu ingreso base mensual, el porcentaje de incapacidad que te reconocieron y un coeficiente que sale de dividir 65 por la edad que tenías cuando te accidentaste.

Escrita como la aplica la calculadora, la cuenta es: 53 × Ingreso Base Mensual × porcentaje de incapacidad × (65 ÷ tu edad). Sobre ese resultado pueden sumarse todavía dos cosas más: el adicional del 20% y el piso mínimo garantizado, que se explican más abajo.

Los cuatro datos pesan distinto. El número 53 y el coeficiente de edad no se discuten: son cuentas. Los que se discuten en la práctica, y donde se pierde plata, son el ingreso base y el porcentaje de incapacidad.

El número 53
Es un valor fijo que puso la ley para convertir un sueldo mensual en una indemnización de pago único. No cambia según el caso ni se negocia.
Ingreso Base Mensual (IBM)
El promedio de tus remuneraciones brutas del año anterior al accidente, incluido el aguinaldo. No es el sueldo de bolsillo ni el del último recibo: es un promedio, y por eso conviene revisarlo con los doce recibos en la mano.
Porcentaje de incapacidad
Cuánta capacidad de trabajo perdiste, medida con la Tabla de Evaluación de Incapacidades Laborales vigente. Es el dato que más mueve el resultado final y el que más seguido queda subvaluado.
Coeficiente 65 ÷ edad
Compensa los años de trabajo que te quedaban por delante. Cuanto más joven eras al accidentarte, más alto es el coeficiente: a los 30 vale 2,167 y a los 55 vale 1,182. La misma lesión con el mismo sueldo se indemniza casi al doble a los 30 que a los 60.

El ingreso base: el número que más seguido liquidan corto

El ingreso base no es tu último sueldo. Es el promedio de todo lo que cobraste en bruto durante el año anterior al accidente, y tiene que incluir el aguinaldo y los conceptos remunerativos que cobrás habitualmente.

Ahí es donde aparecen las diferencias. Si en ese año hiciste horas extra, cobraste premios por presentismo o productividad, adicionales por zona, viáticos remunerativos o te alcanzó un aumento de paritaria, todo eso tiene que estar dentro del promedio. Cuando la liquidación toma sólo el básico de convenio, el ingreso base queda por debajo del real y el error se multiplica por todo el resto de la fórmula.

La forma de controlarlo es simple y no hace falta ser contador: juntá los doce recibos de sueldo anteriores al mes del accidente, sumá los brutos, sumá el aguinaldo y dividí por doce. Ese número es el que tiene que aparecer como ingreso base en la liquidación que te ofrecen.

El adicional del 20% y cuándo no corresponde

Cuando el accidente pasó en el lugar de trabajo o en ocasión de las tareas, a la fórmula se le suma un 20% adicional, que es una compensación por daños que la fórmula no cubre. Está en el artículo 3 de la Ley 26.773.

Ese 20% no se aplica a los accidentes in itinere, que son los que ocurren en el trayecto directo entre tu casa y el trabajo. Es la diferencia práctica más importante entre los dos tipos de accidente: sobre una misma lesión y un mismo sueldo, el accidente en planta se indemniza un 20% más que el mismo accidente ocurrido a tres cuadras de la puerta.

Por eso importa tanto cómo quedó encuadrado el hecho en la denuncia. Si el accidente pasó dentro del establecimiento, o haciendo una tarea encomendada, y en el expediente figura como in itinere, no es un detalle administrativo: son puntos de plata.

El piso mínimo garantizado por la SRT

La ley no deja que la fórmula dé cualquier resultado por más bajo que sea el sueldo. Existe un piso indemnizatorio mínimo, que se actualiza periódicamente por resolución de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, y que se aplica en proporción a tu porcentaje de incapacidad.

La cuenta que hace la calculadora es la siguiente: por un lado corre la fórmula, por otro calcula el piso proporcional a tu porcentaje, y te muestra el mayor de los dos. Nunca el menor.

Para quien tenía un sueldo bajo o trabajaba pocas horas, el piso suele ser lo que termina definiendo el monto. Es la parte del cálculo que más seguido se omite cuando la aseguradora hace una oferta rápida.

Tres ejemplos con números para ver cómo se mueve

Los tres casos usan la misma lesión y el mismo sueldo, y cambian una sola variable cada vez. Sirve para ver qué dato conviene revisar antes de aceptar una oferta.

Accidente en el lugar de trabajo

  • Ingreso base mensual: $850.000
  • Incapacidad reconocida: 12%
  • Edad al momento del accidente: 32 años
  • El accidente ocurrió dentro del establecimiento
Estimación$ 13.177.125

La fórmula da $10.980.938 y el adicional del 20% suma $2.196.188. El piso proporcional al 12% sería $4.620.000, así que en este caso manda la fórmula.

El mismo accidente, pero in itinere

  • Los mismos $850.000 de ingreso base
  • La misma incapacidad del 12%
  • La misma edad de 32 años
  • El accidente ocurrió camino al trabajo
Estimación$ 10.980.938

Cambia una sola cosa: no corresponde el adicional del 20%. Son $2.196.188 menos por el mismo daño. De ahí la importancia de cómo se encuadró el hecho.

Cuando el que manda es el piso mínimo

  • Ingreso base mensual: $400.000
  • Incapacidad reconocida: 10%
  • Edad al momento del accidente: 50 años
  • El accidente ocurrió dentro del establecimiento
Estimación$ 3.850.000

Acá la fórmula con el adicional da $3.307.200, por debajo del piso proporcional al 10%, que es $3.850.000. Se cobra el piso. Si la oferta se hubiera hecho sólo con la fórmula, faltarían más de quinientos mil pesos.

Por qué el porcentaje de incapacidad decide casi todo

De los cuatro datos de la fórmula, el porcentaje es el único que se determina con criterio médico y el único que admite discusión técnica. También es el que multiplica todo lo demás, así que unos pocos puntos cambian el resultado de manera desproporcionada.

Con el ejemplo de arriba se ve claro: con 12% de incapacidad la estimación es $13.177.125, y con 18% sobre exactamente el mismo sueldo y la misma edad pasa a $19.765.688. Seis puntos de diferencia son casi seis millones y medio de pesos.

Y el porcentaje que sale de la tabla casi nunca es el porcentaje final. Después de ubicar la secuela en su capítulo hay que combinar todas las secuelas de la misma contingencia y aplicar los factores de ponderación —tipo de actividad, posibilidades de reubicación y edad—, que se suman en un valor único que incrementa la incapacidad. Ese ajuste no lo hace la aseguradora por su cuenta: se reclama con estudios e informe médico de parte.

Es la razón por la que conviene cargar el porcentaje en la calculadora y después revisar si ese porcentaje es el que realmente te corresponde, antes de firmar cualquier cosa.

Qué hacer si la ART te ofrece menos de lo que da la cuenta

Que la oferta sea más baja que la estimación no significa que la calculadora esté mal ni que la aseguradora esté mintiendo. Casi siempre significa que están usando otro número en alguno de los cuatro casilleros, y lo primero es averiguar cuál.

Pedí la liquidación por escrito y con el detalle de cada componente. Tenés derecho a saber qué ingreso base tomaron, qué porcentaje de incapacidad aplicaron, si computaron el adicional del 20% y si compararon contra el piso mínimo. Con esos cuatro datos al lado de los tuyos, la diferencia aparece sola.

Lo que no conviene es firmar la homologación antes de haber hecho esa comparación. Una vez homologado el acuerdo, discutir el monto es mucho más difícil.

  1. 1Pedí la liquidación por escrito, con el detalle de cómo llegaron al monto.
  2. 2Compará el ingreso base de la liquidación con el promedio de tus doce recibos más el aguinaldo.
  3. 3Verificá que el porcentaje de incapacidad incluya todas las secuelas que te quedaron y los factores de ponderación.
  4. 4Controlá que esté el adicional del 20% si el accidente fue en el lugar de trabajo.
  5. 5Confirmá que compararon el resultado contra el piso mínimo proporcional de la SRT.
  6. 6Recién con esos cinco puntos revisados, decidí si aceptás o si reclamás.

Hasta cuándo podés reclamar

El plazo de prescripción es de dos años, y se cuenta desde la primera manifestación invalidante o desde que te notificaron el alta médica o el dictamen de la Comisión Médica, según el artículo 44 de la Ley 24.557. Pasado ese plazo el derecho a exigir la indemnización caduca.

Dos años parecen mucho y se van rápido entre tratamientos, altas y trámites. Si tenés dudas de si tu caso está en plazo, es lo primero que conviene consultar, porque de la respuesta depende que el resto de la discusión tenga sentido.

Si trabajabas sin estar registrado, el plazo y los derechos son los mismos. Cuando el empleador no tenía ART contratada, responde de forma directa con su patrimonio y además interviene el Fondo de Reserva de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo.

Los montos de los ejemplos se obtuvieron con la misma fórmula que usa esta calculadora y con el piso mínimo de referencia de la SRT vigente en el sitio. Son estimaciones para mostrar cómo se mueve el cálculo, no una liquidación de tu caso.

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Cada caso tiene detalles que cambian el resultado. Si querés que lo revisemos con tu documentación en mano, escribinos y lo vemos.

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  3. 3

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  4. 4

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