Accidente de trabajo en Argentina: lo que tenés que saber
Si te accidentaste trabajando o te apareció una enfermedad por tu tarea, la cobertura no depende de la buena voluntad de nadie: está en la Ley de Riesgos del Trabajo N° 24.557 y la tiene que cumplir la ART que contrató tu empleador. Esto es lo básico, en orden.
Qué te tiene que dar la ART
La cobertura es gratuita y sin copagos. Incluye la asistencia médica y quirúrgica, los medicamentos al 100%, la kinesiología, las prótesis y la ortopedia, la rehabilitación, la recalificación profesional si no podés volver a tu puesto, y los traslados de ida y vuelta desde tu domicilio hasta el centro médico.
Mientras estás de licencia también te tienen que pagar. Los primeros diez días los abona el empleador; desde el día once y hasta el alta médica, la ART liquida el 100% de tu remuneración habitual, con los aumentos de paritaria que se vayan dando.
Si además del tratamiento te queda una secuela permanente, corresponde una indemnización aparte, que se calcula con la fórmula de la ley y que podés estimar en la calculadora del sitio.
Los primeros pasos, en orden
El orden importa, porque cada paso deja constancia de algo que después se usa para probar el caso. El más importante es el primero: que el accidente quede denunciado.
- 1Denunciá el accidente. La denuncia la podés hacer vos mismo llamando al 0800 de tu ART, sin depender de que la haga el empleador. El nombre de la ART figura en tu recibo de sueldo.
- 2Pedí atención médica por la ART y guardá todo: constancias de atención, estudios, indicaciones, recetas y comprobantes de traslado.
- 3Anotá el número de siniestro que te dan. Es el dato con el que se identifica tu caso en cada trámite posterior.
- 4Si te niegan la atención, te rechazan el accidente o te dan el alta antes de estar bien, dejá constancia por escrito. Para eso están los telegramas laborales, que son gratuitos.
- 5Cuando llegue el alta, revisá el porcentaje de incapacidad antes de aceptar cualquier ofrecimiento.
Qué podés hacer desde acá
Cada sección del sitio resuelve una de las cosas que se necesitan en el camino, y todas se usan sin registrarse y sin pagar nada.
- Calcular cuánto te corresponde
- La calculadora aplica la fórmula de la Ley 24.557, el adicional del 20% de la Ley 26.773 y el piso mínimo de la SRT, y te muestra el detalle de cómo llegó al número.
- Saber qué paso sigue
- La guía virtual te hace unas pocas preguntas sobre en qué momento estás —recién accidentado, en tratamiento, con el alta dada, con un rechazo— y te dice qué te toca hacer.
- Juntar la documentación
- La SRT pide papeles distintos para cada trámite ante la Comisión Médica. La sección de trámites tiene la lista de cada uno, con el nombre oficial para pedirlo en la ventanilla y el plazo que tenés.
- Consultar el porcentaje de tu lesión
- La tabla de incapacidades muestra qué porcentaje suele corresponder a cada secuela y, sobre todo, qué es lo que habitualmente dejan afuera al liquidarla.
- Mandar un telegrama gratis
- Los modelos de telegrama laboral se completan con tus datos y se envían sin costo desde el Correo Argentino, por la Ley 23.789. Sirven para impugnar un alta, rechazar una negativa o intimar a la ART.
Cuánto te cuesta hacer el reclamo
Nada por adelantado. La consulta, el análisis de tu caso y todo el asesoramiento son gratuitos: preguntar no te cuesta un peso, ni siquiera si después decidís no reclamar. Es la duda que más frena a un trabajador accidentado —"con qué le pago a un abogado si encima estoy de licencia"— y la respuesta es que no hace falta que pongas plata para empezar.
Los honorarios se abonan recién cuando cobrás tu indemnización, y salen de ese cobro. El porcentaje se pacta por escrito antes de iniciar el reclamo, así sabés de entrada cuánto se cobra y sobre qué monto. Si el reclamo no llega a cobro, no hay honorarios que pagar.
En el trámite ante la Comisión Médica el patrocinio letrado es obligatorio por la Ley 27.348 y los honorarios están regulados por ley, de modo que tampoco ahí los fija el estudio a voluntad. Si alguien te pide dinero por adelantado para iniciar un reclamo por accidente de trabajo, desconfiá.
Los errores que más caro salen
Son cuatro y se repiten en casi todas las consultas que llegan.
- 1No denunciar el accidente en el momento, por miedo o porque parecía leve. Sin denuncia, después hay que probar que el hecho existió.
- 2Aceptar el alta médica cuando todavía hay dolor o limitación, sin dejar constancia de la disconformidad.
- 3Firmar la homologación del acuerdo sin haber revisado el porcentaje de incapacidad ni el ingreso base con el que lo liquidaron.
- 4Dejar pasar el plazo de dos años de prescripción del artículo 44 mientras se espera que la ART resuelva por su cuenta.
Seguí por acá
Cada caso tiene detalles que cambian el resultado. Si querés que lo revisemos con tu documentación en mano, escribinos y lo vemos.
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